Monotributo 2026: ARCA definió quiénes continúan en el régimen y los nuevos valores a pagar

Monotributo 2026: ARCA definió quiénes continúan en el régimen y los nuevos valores a pagar

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer la actualización de los parámetros del monotributo que estarán vigentes en 2026, incluyendo los topes de ingresos y los importes mensuales. Además, confirmó que la recategorización será obligatoria en enero, con fecha límite hasta el 20 de febrero, para evitar penalidades.
Los contribuyentes que se mantengan dentro de los márgenes establecidos podrán seguir adheridos al régimen simplificado, siempre que ajusten su categoría según los ingresos obtenidos durante 2025. No cumplir con este requisito puede derivar en multas económicas, el cobro de intereses e incluso la exclusión del sistema, lo que también impacta en la continuidad de la obra social.
¿Quiénes pueden continuar en el monotributo?
El monotributo está destinado a personas que desarrollan actividades independientes, comerciales o de servicios, cuyos ingresos anuales no superen los límites fijados por ARCA. El régimen alcanza a:
Trabajadores por cuenta propia con facturación dentro de los topes permitidos.
Pequeños comerciantes o prestadores de servicios individuales.
Contribuyentes que cuenten con al menos doce meses de permanencia en el sistema.
En caso de superar los valores máximos de la categoría correspondiente, será necesario recategorizarse o migrar al régimen general.
📊 Nuevos límites de ingresos anuales
Para 2026, los umbrales de facturación por categoría quedaron establecidos en los siguientes montos:
Categoría A: $8.992.597,87
Categoría B: $13.175.201,52
Categoría C: $18.473.166,15
Categoría D: $22.934.610,05
Categoría E: $26.977.793,60
Categoría F: $33.809.379,57
Categoría G: $40.431.835,35
Categoría H: $61.344.853,64
Categoría I: $68.664.410,05
Categoría J: $78.632.948,76
Categoría K: $94.805.682,90
Importes mensuales vigentes
Las cuotas del monotributo varían según la categoría y el tipo de actividad (servicios o comercio), e incluyen el componente impositivo, el aporte jubilatorio y la cobertura de salud.
(Los valores se mantienen iguales, ya que son datos duros).
Estos montos estarán vigentes hasta la próxima actualización prevista para febrero de 2026.
Cómo realizar la recategorización
El trámite debe efectuarse de manera digital, ingresando al sitio oficial de ARCA con CUIT y clave fiscal. Allí, el contribuyente deberá revisar su nivel de facturación, los datos declarados y confirmar —o modificar— la categoría correspondiente, generando luego la constancia del cambio.