Cristina Fernández no podrá votar en las elecciones de octubre

Cristina Fernández no podrá votar en las elecciones de octubre

La Cámara Nacional Electoral (CNE) revocó, por unanimidad, la decisión judicial que había habilitado a Cristina Fernández de Kirchner a ejercer su derecho al voto, pese a su condena firme a seis años de prisión en la causa “Vialidad”.

El fallo, firmado por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, anuló la resolución del 18 de julio de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien había declarado inconstitucionales los artículos 19 inciso 2 y 12 del Código Penal y el artículo 3 inciso “e” del Código Nacional Electoral. Estas normas establecen la inhabilitación absoluta y la exclusión del padrón de las personas condenadas por delitos dolosos.

Los fundamentos del tribunal: La CNE basó su decisión en dos antecedentes clave: “Procuración Penitenciaria”: la Corte Suprema había advertido que las restricciones al voto de personas condenadas no podían aplicarse de manera automática, y que correspondía al Congreso revisar la reglamentación vigente. “Orazi”: en ese fallo, el Máximo Tribunal sostuvo que no se podía habilitar de oficio a una persona condenada sin cumplir ciertas “condiciones mínimas”, entre ellas que el reclamo surgiera de un pedido concreto del interesado o del Ministerio Público.

Por qué se revocó la habilitación: Según la Cámara, la resolución de la jueza Borruto incumplió esas condiciones porque: Se dictó de oficio, sin solicitud de Cristina Fernández ni del Ministerio Público. No se evaluó si el derecho a votar era jurídica y fácticamente viable, en función del tipo y la naturaleza del delito que motivó la condena.

En consecuencia, la Cámara Nacional Electoral resolvió dejar sin efecto la habilitación y confirmó que Cristina Fernández de Kirchner quedará excluida del padrón electoral.