A través del DNU que en el día de ayer sacó el actual presidente Javier Milei se habilitó que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas.
El presidente Javier Milei presentó un extenso Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) compuesto por 366 artículos. Este decreto propone una profunda desregulación económica con un enfoque en un ‘plan de estabilización de shock’. Su alcance incluye la derogación de múltiples leyes y normativas, con la mira puesta en avanzar hacia la privatización de empresas públicas. Dentro de las 30 medidas detalladas, se destaca la posibilidad para los clubes de deportes de transformarse en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), lo que representa un cambio significativo en la estructura organizativa del ámbito deportivo.
“Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas si así lo quisieran” afirmó el mandatario. En el artículo 19 bis de la legislación, de ahora en más, se indicará que “se considera asociaciones civiles deportivas integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física, a las:
a) Personas jurídicas previstas en el artículo 168 del Código Civil y Comercial de la Nación, que tienen como objeto la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del Deporte y la actividad física, de acuerdo con los principios generales enunciados en el capítulo 1 de la presente Ley, y reúnen las características que se indican en los artículos 20 y 20 bis;
b) Personas jurídicas constituidas como sociedades anónimas reguladas en la sección V de la ley 19.550 y sus modificatorias, que tienen como objeto social la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del Deporte y la actividad física, de acuerdo con los principios generales enunciados en el capítulo 1 de la presente Ley”.
Es importante destacar que, en el fútbol argentino, todos los clubes operan como Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro. En pocos casos, algunas actividades, como el fútbol profesional, son gestionadas por gerenciamientos externos. Esta distinción es diferente a la situación en Chile, Brasil o Uruguay, donde las Sociedades Anónimas han proliferado en el ámbito deportivo.
Con la implementación del DNU propuesto, cada club en Argentina tendrá la autonomía para elegir si desea transformarse en una Sociedad Anónima Deportiva (SAD) o mantener su estructura como una Asociación Civil. Sin embargo, varias instituciones del fútbol argentino tienen restricciones estatutarias que les impiden rechazar la transformación en SAD. Por ende, de optar por esta posibilidad, deberían realizar modificaciones en sus estatutos.
A diferencia de las Asociaciones Civiles, donde la dirección de los clubes se encuentra en manos de los socios elegidos mediante elecciones, en las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) las decisiones se delegan a accionistas o inversores. Mientras que en las organizaciones civiles los ingresos deben ser reinvertidos en el club, las Sociedades Anónimas buscan obtener beneficios económicos. Esto motiva una mayor inversión para alcanzar logros deportivos y maximizar ganancias.
En Europa, también se han adoptado modelos mixtos, como en Alemania, donde se aplica la regla “50+1”. ¿En qué consiste? Permite inversión externa, pero los socios mantienen el control mayoritario con el 50% +1 voto. Este enfoque asegura que «los miembros del club conserven el control general, protegiendo a los clubes de la influencia de inversores externos», según explica la página en español de la Bundesliga.
Fuente: Infobae