La CGT y otras organizaciones gremiales se manifestaron en contra del DNU. Durante la manifestación se leyó un documento contra las medidas de ajuste: “No somos la casta, somos los trabajadores”, señalaron.
La CGT, las dos CTA, la Unidad Piquetera, la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP) y partidos de izquierda, entre otras organizaciones sociales y gremiales, concentraron en la Plaza Lavalle, frente a Tribunales, en rechazo al decreto de necesidad y urgencia 70/2023 que desregula la economía y deroga múltiples leyes, algunas de ellas laborales, para acompañar una presentación judicial contra esa medida. La movilización se realizó en medio de un fuerte operativo de seguridad en el marco del Protocolo establecido por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
Con la consigna «Abajo el DNU», la concentración se realizó en el centro porteño con el objetivo de acompañar la presentación judicial de la central obrera, y de otras medidas cautelares -ya fueron presentadas más de una docena- que buscan frenar los alcances del DNU firmado por el presidente Javier Milei.
Desde el palco apostado en Plaza Lavalle, autoridades de la Confederación General del Trabajo (CGT) dieron lectura al documento elaborado por los distintos gremios que apunta contra las medidas de ajuste del Presidente, solicitando que el DNU sea tratado en el Congreso.
“El Presidente de la Nación prometió hacer un ajuste que lo pagaría lo que él denomina ‘casta política’, y que los trabajadores recibiríamos los beneficios de ese recorte. Pero su primer acto de gobierno es un Decreto de Necesidad y Urgencia que, entre otras muchas medidas arbitrarias, anticonstitucionales y lesivas de un vasto número de derechos civiles, comerciales y sociales, introduce una feroz reforma laboral regresiva cuyo único objetivo es disciplinar a los trabajadores, cercenar la actividad sindical y solo privilegiar intereses empresariales», denunciaron.
Remarcaron que “el orden y la libertad de una República comienza por el irrestricto respeto hacia la Constitución Nacional y al equilibrio de los tres poderes del Estado”, y cuestionaron los preceptos de necesidad y urgencia que atribuye el fundador de La Libertad Avanza para impulsar el paquete de reformas.
«Arrogarse facultades legislativas, que no son de su competencia, y utilizar toda esa fuerza para arrasar con la legislación laboral”, indicaron al tiempo que plantearon que cualquier plan de Gobierno que exija modificación, derogación o creación de leyes debe, imprescindiblemente, pasar por el debate parlamentario.
Para la CGT, el DNU de “desregulación” de la economía “está viciado de origen y por lo tanto es nulo de toda nulidad”, por lo que le exigieron a la Justicia que cumpla con su función y lo declare inconstitucional.
A través de sus abogados, la central obrera presentó ante la Justicia un recurso de amparo para que se suspenda con urgencia la aplicación de la reforma laboral del DNU y un pedido de declaración de certeza de constitucionalidad de la norma dictada por Milei, que quedó radicada en el juzgado nacional del Trabajo N° 69, a cargo de José Ramonet.
Cerca del mediodía, el juez nacional del Trabajo, Dr. Ramonet, desestimó el dictado de una medida cautelar «interina» contra el DNU, ya que aún no está en vigencia.
Uno de los cotitulares de la CGT, Héctor Daer, afirmó que lo que hay que hacer es voltear el DNU «en la política, en la justicia y en las calles». Además, sostuvo que «hay que ser inteligentes y tener la mejor estrategia para voltear el DNU», ante la posibilidad de decretar una medida de fuerza nacional.
Por su parte, otro de los cotitulares de la central obrera, Pablo Moyano, reafirmó este jueves en la reunión del comité confederal de la CGT «seguramente se va a aprobar un plan de lucha para rechazar este DNU, que va en contra de los trabajadores y del país. En el confederal se va a facultar al consejo directivo a tomar las medidas necesarias», agregó, pero no anticipó una posible fecha de un paro.
Para Daer, «si rige el DNU, cambia nuestro país para siempre y la administración estatal como tal», y destacó la movilización masiva a Tribunales: «La gente quería acompañar este pedido a la justicia para que se derogue el DNU». También aseveró que desde la central obrera «siempre» se informa a las autoridades sobre la realización de una movilización y se contrata un seguro, ante la información que hizo circular el ministerio de Seguridad diciendo que era la primera vez que se hacía de ese modo. «Eso es una guachada, siempre lo hacemos», replicó.
Al amparo de la CGT se sumó otro presentado por la CTA en el fuero del Trabajo, por estar vinculados a los aspectos laborales del DNU.
En otro fuero, el Contencioso Administrativo Federal tramita una decena de amparos que plantean la inconstitucionalidad completa del DNU, iniciados por organizaciones civiles, gremiales, abogados constitucionalistas y particulares. En todos los casos se reclaman medidas cautelares para suspenderlo, hasta que se dicte sentencia de fondo.
La presentación de la CTA recayó en el juzgado 60 del fuero laboral, a cargo de la magistrada Alicia Pucciarelli.
Los artículos del DNU 70 agrupados en el «Título IV-Trabajo» «constituyen una verdadera reforma laboral regresiva para los trabajadores», sostuvo la CTA en un comunicado.
La CTA reclamó que se dicte una medida cautelar de «no innovar» para suspender su aplicación, hasta que haya sentencia de fondo en el planteo de inconstitucionalidad y «nulidad absoluta e insanable» del Decreto por resultar «violatorio de la Constitución Nacional».
«El DNU en crisis declara la emergencia social -entre otras materias-, aun cuando no se encuentran configuradas en modo alguno las condiciones exigidas por inveterada jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación», advirtió en el amparo de la CTA de 165 carillas, su titular Hugo Yasky.
También sostuvo que «la situación económica descripta en los considerandos del DNU 70/2023 no torna “imposible” seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes”, tal como queda acreditado con la convocatoria a sesiones extraordinarias mediante el Decreto 76/2023 de fecha 22.12.2023».
La justicia rechazó la cautelar de la CGT
El juez nacional del Trabajo Ignacio Ramonet desestimó el dictado de una medida cautelar «interina» para suspender la vigencia de artículos vinculados a la reforma laboral incorporada en el DNU, ya que «todavía no se encuentra vigente», según argumentó.
Además, el magistrado resolvió asumir la competencia para tramitar una demanda de inconstitucionalidad presentada por la CGT y le dio tres días al Gobierno Nacional para responder.
La medida cautelar estaba orientada a suspender los artículos del decreto vinculados al trabajo, contenidos en el capítulo IV de la norma, porque «todavía no se encuentra vigente (conforme art.5 CCC)».
«No encuentro que se den razones «graves y objetivamente impostergables» (conf. Art.4 inc. 1ro. Párrafo 3), que habiliten el dictado de una medida cautelar «interina», considerando para ello que la norma todavía no entró en vigencia», fundamentó Ramonet.
También aclaró que, en caso de entrar en vigencia, lo dispuesto en el decreto en materia laboral «solo afectaría a las situaciones que regula a partir de su vigencia, pudiendo, además, ser motivo de cuestionamiento en los procesos individuales que puedan suscitarse con motivo de su aplicación».
«Es cierto que, de entrar en vigencia, habría derechos colectivos afectados -como por ejemplo, lo relativo a la regulación de las medidas de acción directa-, pero ello debería ser necesariamente cuestionado ante la existencia misma de un conflicto de estas características que, al menos en la demanda, no se especifica», agregó.
Aclaró que «lo expuesto no significa sentar posición acerca de la validez constitucional del decreto cuestionado en general, y de las regulaciones laborales que contiene en particular, sino solamente sostener que, a criterio del suscripto, no se dan las condiciones para el dictado de una medida como la solicitada con carácter interino».
En la misma resolución corrió traslado de la demanda de la CGT al Poder Ejecutivo Nacional y Jefatura de Gabinete de Ministros, concediendo tres días para producir el informe precautelar previsto en el artículo 4 de la ley 26854 «dando cuenta del interés público comprometido en la solicitud, informe que deberá responder en el plazo otorgado bajo apercibimiento de resolver -previa vista al Fiscal- con las constancias de la causa».
Ramonet remarcó también que «dada la enorme trascendencia y afectación de distintos derechos que el DNU 70/23 traería aparejado, y toda vez que, hasta el momento del dictado de la presente resolución, no se vislumbra que pueda constituirse la Comisión Bicameral, y que, además, el plazo constitucional para que el jefe de gabinete eleve a consideración dicha Comisión es de 10 días (art. 99, inc. 3CN), mientras que la entrada en vigencia de la norma cuestionada sería a los 8 días de su publicación, resulta obvia la necesidad de que sea tratada en forma rápida».