Por decreto, se actualizaron el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Impuesto al Dióxido de Carbono, lo que impactará en los precios a partir de junio. Los incrementos fijos fueron establecidos para cada producto.
A partir del próximo sábado 1 de junio, los precios en los surtidores reflejarán el incremento del impuesto a los combustibles decretado por el Gobierno de Javier Milei. El 1° de junio vence la prórroga de este tributo, y el Poder Ejecutivo decidió no continuar con el congelamiento dispuesto a fines de abril, optando en su lugar por actualizarlo de acuerdo con la inflación. La medida fue tomada por el ministerio a cargo de Luis Caputo.
Mediante el Decreto 466/2024, publicado esta madrugada en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció que los incrementos en los montos de impuesto “que resulten de las actualizaciones correspondientes al cuarto trimestre calendario del año 2023 y al primer trimestre calendario del año 2024” surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, conforme al siguiente cronograma:
Para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 30 de junio de 2024, ambas fechas inclusive, los montos de impuesto se incrementarán en los importes detallados a continuación:
– $10,121 el ICL sobre la nafta.
– $8,245 el ICL sobre el gasoil, que además tendrá $4,464 extras correspondientes al “incremento monto fijo actualizado del gravamen – tratamiento diferencial – artículo 7°, inc. d)”.
– El incremento al Impuesto al Dióxido de Carbono será de $0,619 para la nafta y de $0,935 para el gasoil.
Para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1° de julio de 2024, se deberá considerar el incremento total en los montos de impuesto, aclaró el Gobierno en el texto firmado por el presidente Milei, el ahora ex jefe de Gabinete Nicolás Posse y el ministro Caputo.
“Conforme a lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 107 del 31 de enero de 2024, se postergaron los efectos de los incrementos en los montos de los impuestos mencionados, derivados de las actualizaciones correspondientes a los trimestres del año 2023, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, conforme a un cronograma de gradualidad, cuyo último tramo, referido a la actualización correspondiente al cuarto trimestre de 2023, resultaría aplicable a partir del 1° de junio de 2024, de acuerdo con la modificación efectuada mediante el Decreto N° 375 del 30 de abril de 2024”, se argumentó en los considerandos.
“A partir de esa misma fecha también surtirían efectos los incrementos en los referidos montos originados en la actualización correspondiente al primer trimestre de 2024”, agregó el Poder Ejecutivo.
“Con el fin de estimular el crecimiento de la economía garantizando un sendero fiscal sostenible, resulta razonable diferir parcialmente los efectos de los incrementos que resultarían aplicables a partir del 1° de junio de 2024 para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil”, argumentó el Gobierno Nacional.
Fuente: Elonce